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Bono Familiar de Vivienda

 

El Bono Familiar de Vivienda es una donación que el Estado, en forma solidaria, otorga a las familias de escasos recursos económicos y de clase media, familias en riesgo social o situación de emergencia, personas con discapacidad y ciudadanos adultos mayores, entre otros grupos sociales, para que, unido a su capacidad de pago, puedan solucionar su problema habitacional.

 

Actualmente, el tope máximo del subsidio es ¢6.500.000 y el monto a recibir por una familia depende de sus ingresos. El Bono puede utilizarse en compra de lote y construcción; compra de casa nueva o usada; construcción en lote propio o para reparación, ampliación, mejoras o terminación de la vivienda.

 

¿Qué condiciones debe tener para obtener un bono de vivienda?

 

La Ley exige como mínimo el cumplimiento de siete condiciones básicas para que una familia pueda obtener para obtener un Bono de Vivienda.

 

1.        Formar parte de un núcleo familiar que vive bajo un mismo techo y comparten las obligaciones del hogar. Debe existir al menos una persona mayor de edad.

2.        No tener casa propia o más de una propiedad. De contar con lote, puede solicitar el Bono para construir la vivienda en el lote propio y si tiene casa, pero requiere reparaciones o mejoras, puede solicitar el Bono RAMT para este fin.

3.        No haber recibido con anterioridad el Bono, pues se otorga solo una vez.

4.        Tener un ingreso familiar menor a ¢1.497.402, al día de hoy.

5.        Ser costarricense o contar con residencia legalizada en el país.

6.        Realizar los trámites en oficinas, sucursales o agencias de las entidades autorizadas por el BANHVI.

7.        Presentar todos los documentos que se requieren según el propósito que tenga el Bono de Vivienda que se solicita.

 

 

Principales documentos que se deben presentar

 

1.      Fotocopia del plano catastrado con el visado Municipal.

 

2.      Constancia de impuestos municipales y territoriales al día.

 

3.      Certificación del Registro Público de la Propiedad donde se indique la situación de la propiedad que se financiará.

 

4.      Estudios registrales de otras propiedades (si existen).

 

5.      Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados de todos los mayores de edad.

 

6.      Constancia de nacimiento del Registro Civil de todos los menores de edad.

 

7.      Cuando el núcleo familiar es atípico (por ejemplo una abuela con sus nietos), se debe aportar certificación del PANI, Juzgado de familia o estudio de un trabajador social autorizado.

 

8.      Certificación del estado civil de todos los mayores de 15 años. En caso de haber separación o unión libre, una declaración autenticada por un abogado.

 

9.      Certificación de que no es cotizante a la C.C.S.S., o estudio de salarios reportados en planilla a la CCSS en caso de ser cotizante.

 

10.  Constancia de salario.  Este requisito sólo se exige cuando la constancia de la CCSS establece que no tiene ingresos reportados.   En este caso el solicitante deberá aportar constancia de los ingresos brutos y netos emitida por un Contador Público o Privado.  Esta constancia no deberá tener una antigüedad mayor a tres meses al momento de su presentación ante Entidad Autorizada.

 

11.  Estudio de bienes inmuebles del Registro Público de la Propiedad de todos los mayores de edad.

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Bono Familiar de la Vivienda-Guia y Requisitos

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